POLÍTICA PÚBLICA PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN: "Unificación de escalas en Prisiones"

La política pública que he elegido para analizar es la unificación de escalas masculina y femenina para acceder al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, a consecuencia de la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que en su Disposición Adicional Trigésima, deja extinguidas las escalas masculina y femenina del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Ello ha dado lugar a lo que en el ámbito penitenciario se conoce como la unificación de escalas, eliminando la discriminación por razón de sexo que existía para acceder a dicho Cuerpo.

La principal mejora es que existe igualdad real a la hora de acceder a las plazas ofertadas en Oferta de Empleo Público. Anteriormente se ofertaban muy pocas para escala femenina y más del triple para escala masculina, siendo mucho menor el ratio plaza/opositora en el caso de las mujeres, y mucho más difícil acceder.

En el ámbito del trabajo, la principal consecuencia es que el Director del Centro Penitenciario puede asignar a las funcionarias servicio en un Módulo de hombres y a los funcionarios en el Módulo de mujeres, sin distinción entre sexos.

Pero el problema se plantea a la hora de poner esta norma en práctica en el servicio de vigilancia interior, donde la peculiaridad del mismo no aconseja la aplicación estricta de esta norma de igualdad de género. Por ejemplo, podría darse el caso de que en un Módulo de mujeres fuesen destinados solamente hombres en un determinado servicio y en este caso, ¿cómo se podría cumplir lo preceptuado en el artículo 68.3 del Reglamento penitenciario que establece que » el cacheo con desnudo integral se efectuará por funcionarios del mismo sexo»?

Según el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, se establece que en determinados casos puede exigirse que algunos cometidos sean realizados por personas de un sexo concreto sin que pueda considerarse esta exigencia como discriminación. 

Desde la Secretaría General de IIPP se ha regulado que siempre debe haber al menos un funcionario de cada sexo en cada Unidad; si solamente hay un funcionario en una Unidad debe ser del mismo sexo que las personas internadas en dicha Unidad. 

Esto mismo puede dar lugar a que unos funcionarios/as de una Unidad tengan más carga de trabajo que los del otro sexo.

La unificación de escalas en prisiones no es nada fácil de implantar en el día a día en vigilancia interior, pero ha mejorado sobretodo la igualdad a la hora de acceder al Cuerpo.




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